Placas que NO circulan en Pico y Placa Quito y Excepciones

Placas que NO circulan en Pico y Placa Quito y Excepciones

La restricción vehicular del Pico y Placa Quito se realiza acorde al último dígito de la placa vehicular, en la que por dos franjas horarias al día NO no se podrá circulan en ciertas zonas delimitadas de la ciudad.

Desde las 06h00 hasta las 09h30 en la mañana, y de 16h00 hasta las 20h00 en la noches, no podrán circular las siguientes placas durante el Pico y Placa en Quito:

  • Los lunes no podrán circular las placas terminadas en 1 y 2.
  • Los martes no podrán circular las placas terminadas en 3 y 4.
  • Los miércoles no podrán circular las placas terminadas en 5 y 6.
  • Los jueves no podrán circular las placas terminadas en 7 y 8.
  • Los viernes no podrán circular las placas terminadas en 9 y 0.
  • Los sábados, domingos y feriados hay LIBRE CIRCULACIÓN.

¿El Pico y Placa Quito aplica a las motos?

Sí, el Pico y Placa Quito aplica también para las motocicletas.

En este caso, se usará como referencia el último dígito de la placa sin consideración a la letra en la que termine.

Ver también:

Excepciones del Pico y Placa Quito

La excepción a la restricción vehicular en Quito aplica para las placas de los siguientes vehículos:

  1. Oficiales del Presidente y Vicepresidente de la República.
  2. Oficiales del Cuerpo Diplomático y Consular acreditado ante el Gobierno Nacional.
  3. Transporte de personas con discapacidades.
  4. Conducidos por personas de la tercera edad.
  5. De emergencias: ambulancias públicas o privadas, vehículos motobombas y/o rescate del Cuerpo de Bomberos y vehículos de la Policía Nacional en cumplimiento de su misión específica y vehículos de rescate o asistencia social.
  6. De transporte colectivo de personas: público (buses urbanos e interparroquial, Sistema Metrobús Q); Comercial (Escolar, Institucional, Turístico), y por cuenta propia (iniciativa empresarial) legalmente registrados.
  7. De transporte comercial rural (se refiere al transporte de carga liviana legalizado en el DMQ).
  8. Los vehículos 100% eléctricos o de cero emisiones.
  9. Los vehículos pertenecientes e identificados como: canastillas de la Empresa Eléctrica, Agencia Metropolitana de Tránsito, empresas públicas de telecomunicaciones, motobombas de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, recolectores de basura y otros vehículos que cumplan servicios emergentes o servicios oficiales de asistencias, podrán circular por cualquier Red vial y sin restricción de horario.
  10. Vehículos a orden del Alcalde y los Vicepresidentes. (art. 3539).
Excepciones pico y placa quito

Ver también: Consulta de multas por placa ANT

Fuente: http://www.amt.gob.ec/files/ResolucionPicoyPlaca/sm-2021-0277_instructivo.pdf

Redaccion RED ECUADOR

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